Mientras
los senadores esperan por si se repiten las elecciones, y por saber en
qué manera les afectará la nueva distribución de cargos electos, voy a
aunecer lo escrito aquí hasta ahora del Senado, a modo de breve
orientación histórica sobre sus funciones. Por cierto que, entre tanto
todo esto, Rita Barberá sigue negándose a dejar su puesto entre los
próceres y próceras de la Cámara Alta, y ya lleva cobrados 9.000 euros
por los dos meses en los que no ha tenido tiempo de hacer otra cosa que
tratar de arrancarse el círculo de corrupción asfixiante que porta al
cuello, como una gola, y que podría llegar a ahogarla. Se revuelve como
una jabata entre las negras evidencias irrespirables que se ciernen
sobre ella, y lo hace con desparpajo altanero, como lo hacía su delicado
amigo Camps, el de los trajes de paño fino. Pero, a diferencia de aquél
repelente personaje, Rita nos hace reír, como si fuera una Pompof
fallera que estuviera aquí sólo para divertirnos. Y es que llevamos así
doscientos años largos, desde que se proclamó la primera Constitución,
La Pepa, ¡Viva La Pepa!, y a los españoles ya no nos escandaliza nada de
sus señorías, de sus leyes y su manera de aplicarlas.
Aunque las leyes propias del Senado han ido evolucionando desde los
tiempos de la Monarquía (s. VIII a VI a. C.) y la República Romana (s.
VI a I a. C.), el modelo senatorial arquetípico, el concepto mismo de
senador y Senado (senex, anciano; senatus) ha permanecido más o menos
invariable. Entonces el senador había sido antes magistrado o alto cargo
civil o militar, y le correspondía decidir sobre los asuntos referentes
a la religión; elección de magistrados extraordinarios y resolución de
los conflictos que surgían entre ellos; cuestiones policiales y
militares; algunos casos criminales que comportaban pena capital;
cuestiones financieras; consideraciones sobre cambios territoriales
pactados por los cónsules u otros magistrados con el enemigo; y
negociaciones con Estados extranjeros y firma de tratados después de la
paz (en este sentido, al Senado romano le hubiera tocado dirimir el TTIP).
Y también entendieron los romanos, mucho antes que Montesquieu, que el
poder político debía dilucidarse en diferentes cámaras que contrastaran
independientemente sus resoluciones antes de convertirlas en ley,
tratado o acuerdo. Pero durante el Bajo Imperio (s. IV a VI d. C.), el
Senado de Roma fue duplicado con otro igual, y se convirtió en un simple
club de notables arrinconados. En las ciudades sometidas por Roma, entre
ellas las de las provincias de Las Hispanias, se estableció un Consejo
de Cien Ancianos (Centumviri). Porque los romanos pensaron en todo, y en
todos. Como se preguntaban los del Frente Popular de Judea en La Vida de
Brian, “¿qué han hecho los romanos por nosotros?, ¿qué nos han dado
aparte de... el acueducto, el alcantarillado, las carreteras, la
irrigación, la sanidad, el vino, los baños públicos, la enseñanza, el
derecho, el orden público...? Nada”.
En España fue el Estatuto Real de 1834 el que estableció por primera vez
las Cortes bicamerales, veintidós años después de que se aprobara en
Cádiz la primera Constitución española que había regulado que el
Parlamento consistiría en una sola Cámara. En las sesiones en que
entonces aquellas Cortes unicamerales se reunieron en Madrid lo hicieron
en la iglesia convento de la Encarnación, en la hoy llamada plaza de la
Marina Española, en el lugar que posteriormente y hasta hoy sería sede
del Senado. La Constitución había renacido durante el trienio
constitucional, 1820-1823, tras su abolición en 1814 por la monarquía
absoluta de Fernando VII. Y este Estatuto Real de 1834 estableció que
las Cortes estarían compuestas por una Cámara Alta, llamada Estamento de
Próceres, y una Cámara Baja, llamada Estamento de Procuradores, y no fue
hasta la Constitución de 1837 que la Cámara Alta adoptó el nombre de
Senado, y la Baja el de Congreso de los Diputados. Este Senado
decimonónico tuvo hasta 1876 una composición diversa, según fuera la
Constitución vigente (1837, 1845, 1873, 1876), pero respondía en general
al modelo aristocrático -natos, designados por el rey, o cooptados
dentro de corporaciones o clases-, y sin apenas raíz electiva. Sus
funciones fueron legislativas, de control y presupuestarias, casi con
las mismas facultades que el Congreso de los Diputados, aunque éste
tenía cierta preeminencia efectiva sobre la Cámara Alta.
La Constitución de 1876 y las Cortes bicamerales estuvieron vigentes en
España hasta 1923, año en que se instauró la Dictadura del general Primo
de Rivera. Y durante la Segunda República de 1931 se volvió al modelo de
Parlamento unicameral, sin Senado, hasta que con la Ley para la reforma
política de 1977 reapareció el Parlamento bicameral, con el Senado y el
Congreso de los Diputados. El nuevo Senado se compondría entonces de 248
Senadores, de los cuales 207 lo fueron de elección directa: cuatro
elegidos por la población de cada provincia, salvo en el caso de las
provincias insulares en que se elegían cinco y dos en Ceuta y dos en
Melilla. Se añadieron 41 Senadores de designación real. Las nuevas
Cámaras elegidas el 15 de junio de 1977 se encargaron de debatir y
aprobar la nueva Constitución de 27 de diciembre de 1978. Antes de su
promulgación fue sometida a referéndum el 6 de diciembre de 1978, en el
que obtuvo una amplísima aprobación. Según la mención que hace el
artículo 66.1 de la Constitución, las Cortes Generales (Senado y
Congreso) representan al pueblo español, cuestión ésta que aunque
parezca evidente no siempre es considerada así. Hasta ahora, hemos
tenido tras la Transición, sin contar ésta, diez legislaturas. Y la
composición del Senado actual se parece bastante a la de la Ley para la
reforma política de 1977: 208 Senadores son elegidos directamente por la
población, normalmente en circunscripciones provinciales. Pero también
aparecen novedades. Por un lado, el Senado es definido por el artículo
69.1 como Cámara de Representación Territorial y se crea un segundo
grupo de senadores, elegidos por los Parlamentos autonómicos, a razón de
un Senador fijo y otro más por cada millón de habitantes de la población
de la respectiva Comunidad Autónoma. Por otro lado, desaparecen los
Senadores de designación real.
La primera vez que las elecciones para Cortes constituyentes fueron por
sufragio universal (masculino) fue tras el exilio de Isabel II, en 1868.
Y no fue hasta las segundas elecciones generales de 1933 cuando las
mujeres fueron consideradas “miembros completos” de la ciudadanía, con
voz y voto. Casi siete millones de mujeres pudieron elegir entonces a
sus representantes (otra cosa es que el entorno familiar, patriarcal y
machista, se lo permitiera, o le obligara a hacerlo en algún sentido
determinado). Victoria Kent, Margarita Nelken y Clara Campoamor habían
entrado en el Parlamento en 1931, cuando las mujeres aún no podían votar
pero sí ser elegidas. Y ya en 1977, 27 mujeres: 21 diputadas y 6
senadoras, accedieron al Congreso y al Senado, participando en la
elaboración de la Constitución Española de 1978, defendiendo activamente
la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, que tanta falta hacía,
y hace. Y muy poco a poco, los partidos han ido aumentando la cuota de
participación de la mujer como candidata política, hasta que hoy algunos
pocos entre ellos practican la discriminación positiva para que las
mujeres tengan poder efectivo.
Pero hasta ahora se defienden más los derechos de la mujer para que
vuelva a casa con la pata quebrada, que los de la mujer trabajadora (que
no se defienden nada); los derechos y reivindicaciones reaccionarias de
la mujer pequeño burguesa y liberal de la derechona, que los que
reclaman las progresistas; y se ignoran los desmanes, corrupciones,
cohechos, prevaricaciones y latrocinios varios de las mujeres políticas
de la derecha, mientras que a las mujeres progresistas que pretenden
hacerse un hueco en el lado político de la sociedad se les observa con
la lupa de la desconfianza y la censura. ¿Imaginan si sobre la Rita
concejala madrileña se cernieran las acusaciones que asfixian a la Rita
alcaldesa valenciana? ¿Imaginan que fuera al revés? ¿Imaginan si Manuela
Carmena hubiese atropellado a un guardia urbano que trataba de multarla
por estacionar en lugar prohibido, imaginan si después se hubiese dado a
la fuga, como hizo Esperanza Aguirre? ¿Imaginan si el compañero
sentimental de Carolina Bescansa (ignoro si lo tiene) tuviera un cochazo
aparcado en su garaje particular y Carolina dijera que no se había dado
cuenta, como aseguró la ministro Mato? ¿Qué dirían Federico JL, Eduardo
Inda, Maluenda, y toda esa patulea de sicarios bufones del sistema si
las mujeres de la izquierda se comportaran como las de la derecha
corrupta que nos gobierna?
Esta semana, con una celeridad inusitada, se ha resuelto condenar y
multar a Rita Maestre por su protesta activa (hace algunos años) porque
en las universidades públicas existan locales de culto religioso. No sé
qué dirá el rector de la Complutense, pero me gustaría que se comportara
como lo haría el rector de la Universidad Externado de Colombia, Juan
Carlos Henao, de cuyo admirable desiderátum universitario comentaba en
el capítulo 7.
Los bufones de palacio que dominan los medios de comunicación de la
derecha exigen que Rita dimita inmediatamente, y los correligionarios de
Rita Barberá, Esperanza Aguirre, Ana Mato, etc., también exigen que
dimita de todos sus cargos y se vaya de España (ya no dicen que se vaya
a Rusia, ahora es a Venezuela, Cuba, o Irán). En la condena se cita que
Rita tuvo voluntad de ofender sentimientos religiosos, y que se le
condena por eso. ¿Pero es posible que se pueda condenar por ofender
sentimientos religiosos? Ya veo que de seguir así pronto podremos ser
condenados por herir sentimientos políticos... “Pues tú lo llevas
claro”, me dice J. “Porque también se va a poder inculpar a los que
desde los medios se metan con la monarquía”... Sí, lo llevo claro... me
tendré que ir a Venezuela, a Cuba o a Irán...
Nota sobre la ilustración: Día triste, húmedo. Los árbolitos son de
piscifactoría, ornamentales, de hoja perenne, y el calendarío tiene que
coincidir con lo estacional, pero no lo hace, estamos en la bata de cola
del invierno... los árboles pelados frente al edificio no tienen todavía
las yemas desarrolladas, les quedan días... y mi ánimo está helado...El
edificio del Senado visto desde la calle de la Encarnación. A la
izquierda el convento, y a la derecha los edificios que, junto a los de
la calle de La Bola, los de Guillermo Rolland, y los de la plaza de la
Marina Española, forman la manzana. Arbolitos ornamentales y árboles de
hoja caduca que en verano cubren con sus hojas prácticamente la vista de
todo el edificio del Senado. Los árboles ya tienen yemas, pronto
comenzarán a brotar las primeras hojas. Este, espero, será el último
dibujo del invierno.
20 de marzo de 2016
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